Resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León sobre licitaciones públicas
El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León (TARCCYL), en su Resolución 97/2024 de 18 de julio, ha decidido estimar el recurso especial interpuesto en materia de licitación pública, que solicitaba la anulación de los pliegos de un contrato de servicios. El recurso se basaba en que el presupuesto de licitación y el valor estimado del contrato no eran precisos, careciendo de justificación y detalle en su cálculo.
Controversia sobre la contratación pública
La resolución del conflicto planteado exige analizar si los pliegos de la licitación pública cuestionados cumplen con el marco jurídico de la contratación pública, establecido en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y su normativa de desarrollo. La parte recurrente argumenta que el valor estimado y el presupuesto se calculó de manera simplista, limitándose a multiplicar las 3.200 horas anuales previstas por una tarifa de 30 euros/hora, lo que resulta en un total de 96.000 euros anuales.
Además, se destaca que los 30 euros por hora se aplican de manera uniforme, sin distinción entre días festivos o no festivos, horarios diurnos o nocturnos, lo cual afecta negativamente la correcta estimación del valor del contrato, sobre todo cuando se incluyen tareas que requieren la intervención de un técnico especializado con cinco años de experiencia.
Deficiencias en la estimación de los costes
El área de consultoría de licitaciones del Grupo Oclem puede ayudar a evitar este tipo de errores. En este caso, el Tribunal consideró que el órgano de contratación no había detallado adecuadamente los costes laborales ni otros gastos en los pliegos, incumpliendo con lo estipulado en los artículos 100.2, 101.2 y 102.3 de la LCSP. La falta de un desglose claro en el presupuesto de licitación es una de las principales razones por las cuales se estimó el recurso.
El papel del órgano de contratación en la definición del contrato
El Tribunal también menciona que es responsabilidad del órgano de contratación establecer el objeto del contrato y los servicios que deben realizarse, de acuerdo con las necesidades planteadas. Sin embargo, esta facultad discrecional debe respetar ciertos principios, como la estabilidad presupuestaria y la eficiencia en el uso de los fondos públicos. Según el Tribunal, la falta de un desglose detallado de los costes salariales y otros gastos podría limitar la competencia y afectar la viabilidad de la ejecución del contrato.
La importancia de una adecuada consultoría en licitaciones públicas
Una adecuada gestión de licitaciones es fundamental para evitar errores en la estimación de costes y cumplir con la normativa vigente. El Grupo Oclem ofrece servicios de consultoría de licitaciones para ayudar a las empresas a presentar ofertas adecuadas y competitivas, evitando errores que puedan derivar en recursos o la nulidad de los pliegos. Además, la correcta clasificación empresarial puede ser un aspecto clave para competir en el mercado de la contratación pública.
Análisis de los informes presentados por el órgano de contratación
A pesar de los informes presentados por el órgano de contratación, los mismos no aportaron la claridad necesaria en relación con el cálculo del presupuesto de licitación. El Tribunal consideró que los informes no justificaban adecuadamente el precio de 30 euros/hora ni detallaban los convenios colectivos aplicables. En este sentido, el artículo 116.4 de la LCSP exige que el expediente de contratación justifique el valor estimado del contrato, incluyendo todos los conceptos que lo integran, especialmente los costes laborales.
Conclusión del Tribunal y retroacción del procedimiento
El Tribunal concluyó que los pliegos de cláusulas administrativas particulares y las prescripciones técnicas debían ser anulados, ya que no cumplían con las previsiones legales en cuanto al desglose de costes. Como resultado, se ordenó la retroacción del procedimiento para que el órgano de contratación elabore nuevos pliegos que cumplan con la normativa.
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