Inscripción obligatoria del Plan de Igualdad.

19/02/2025

Consultoría Avanzada Grupo Oclem

Inscripción de Planes de Igualdad en la Contratación Pública

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha emitido la Resolución 90/2025, fechada el 23 de enero, en la que aclara la obligatoriedad de inscripción de los planes de igualdad en las empresas que participan en licitaciones públicas. Esta decisión tiene un impacto significativo en la consultoría de licitaciones y en las estrategias de contratación de las empresas.

Imagen relacionada con gestión de licitaciones

Marco Normativo de la Contratación Pública

La Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) establece en su artículo 71.1.d) ciertas prohibiciones de contratación, incluyendo la obligación de contar con un plan de igualdad para empresas con más de 50 trabajadores. Antes de la reforma introducida por la LO 2/2024, la normativa ya exigía la existencia de estos planes, pero sin requerir su inscripción en un registro oficial.

Sin embargo, la modificación introducida por la Disposición Final Segunda de la LO 2/2024 añade una nueva exigencia: la inscripción del plan de igualdad en el Registro Laboral correspondiente. Esto significa que, a partir del 22 de agosto de 2024, las empresas que no tengan su plan debidamente registrado podrán ser excluidas de cualquier proceso de licitación pública.

Impacto en las Empresas y la Consultoría de Licitaciones

Esta reforma afecta a todas las empresas que deseen participar en contratos con la Administración Pública. La inscripción del plan de igualdad se convierte en un requisito obligatorio cuyo incumplimiento puede resultar en la nulidad de la adjudicación.

Desde la consultoría de licitaciones, es fundamental asesorar a las empresas sobre la actualización y registro de sus planes de igualdad para evitar sanciones o exclusiones de procesos de contratación pública. Este nuevo requisito añade una capa adicional de burocracia, pero también fomenta la equidad y el cumplimiento normativo dentro de las empresas.

Consideraciones Clave para la Contratación Pública

  • A partir del 22 de agosto de 2024, las empresas con más de 50 empleados deben contar con un plan de igualdad registrado.
  • Las licitaciones abiertas antes de esa fecha no estarán sujetas a este requisito.
  • El incumplimiento de este requisito conlleva la exclusión del proceso de licitación.
  • Empresas que hayan solicitado la inscripción y no hayan recibido respuesta en tres meses podrán continuar con la licitación.

Cómo Grupo Oclem Puede Ayudar

En Grupo Oclem, ofrecemos un servicio especializado en gestión de licitaciones para garantizar que su empresa cumpla con todos los requisitos legales y administrativos en procesos de contratación pública. Nuestro equipo de expertos en consultoría de licitaciones le asesora en la preparación de documentación, la inscripción de planes de igualdad y la optimización de su estrategia de licitación.

Si su empresa necesita apoyo para adaptarse a estos cambios normativos y asegurar su éxito en las licitaciones públicas, contáctenos hoy mismo y le ayudaremos a cumplir con todos los requisitos de la LCSP.

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